Para personas que, cobrando o teniendo derecho a la prestación contributiva, quieran desplazarse a países de la UE, el EEE, Suiza o Australia durante más de 15 días al año.
La misma que en el caso de la prestación contributiva y el formulario E.303 o E.301 según el caso. Mientras tenga derecho a la prestación contributiva o hasta 15 días hábiles siguientes al último trabajado (no cuentan domingos ni festivos).
En su Oficina de Trabajo de 8:15 a 13:30 h.
Como máximo lo que le queda para percibir como prestación de desempleo.
80% del IPREM (indicador público de rentas de efectos múltiples).
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