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SOC
Servei d'Ocupació de Catalunya

Planes de ocupación y acciones de la red de orientación para la ocupación

El Servei d'Ocupació de Catalunya, mediante esta convocatoria promueve la contratación laboral de personas desempleadas para la realización de actuaciones de carácter temporal y de interés general y social, y acciones de orientación para mejorar la posición en el mercado de trabajo de los demandantes de ocupación.

Entidades beneficiarias

Podrán participar en esta convocatoria las entidades siguientes:

  1. Entidades locales de menos de 30.000 habitantes.
    También podran solicitar proyectos de planes de ocupación las entidades locales de más de 30.000 habitantes que no tengan otorgados planes de ocupación para el año 2009 por importe de más de 30.000 euros.
  2. Entidades e instituciones sin ánimo de lucro y universidades públicas con sede en Catalunya. En lo referente a entidades e instituciones sin ánimo de lucro exclusivamente las que tengan la intervención comunitaria o la inserción laboral como objetivo en sus estatutos, generadoras de empleo en el caso de planes de ocupación y que tengan como objetivo en sus estatutos la orientación laboral en el caso de proyectos de la red de orientación para la ocupación.

Personas destinatarias

Podrán ser beneficiarios de las acciones previstas en esta Orden, las personas desempleadas inscritas en las oficinas de Trabajo como demandantes de empleo.

Los proyectos de planes de ocupación se han de dirigir exclusivamente a los trabajadores/as desempleados/as, que hayan agotado la prestación y/o subsidio de desempleo y no tengan ingresos en la unidad familiar o núcleo de convivencia familiar. Además, tendrán carácter preferente los colectivos siguientes:

  1. Desempleados/as mayores de 52 años que no sean beneficiarios del subsidio de desempleo.
  2. Mujeres que hayan sufrido situaciones de violencia de género.
  3. Personas con discapacidad física, psíquica, mental o sensorial.
  4. Los trabajadores/as desempleados/as que hubieran desarrollado su actividad profesional como autónomo y que no tienen derecho a ningún subsidio y/o ayuda.

Más información

Se entiende como unidad familiar el grupo de convivencia por vínculo de matrimonio u otra relación estable similar, por consanguinidad, adopción o afinidad hasta el segundo grado. Asimismo, se considera núcleo de convivencia familiar al conjunto de dos o más unidades familiares que conviven en el mismo domicilio y tiene parentesco de acuerdo con las especificaciones establecidas para las unidades familiares.

Financiación

Para itinerarios personales de inserción 5.000.000 euros.

Para planes de ocupación 18.500.000 de euros con la cofinanciación del FSE.

Normativa

  • Orden TRE/235/2009, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se abre la convocatoria para 2009 para la concesión de subvenciones para la realización de los planes de ocupación y para las actuaciones de la red de orientación para la ocupación.

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