La estancia supone la permanencia en España por un tiempo inferior a los 3 meses (90 días); transcurrido este plazo, la persona extranjera tiene que abandonar el país, o bien solicitar una prórroga o una autorización para residir.
Una persona extranjera puede encontrarse en situación de residencia temporal (más de 90 días y menos de 5 años), o bien en situación de residencia permanente (más de 5 años).
Las autorizaciones de residencia y trabajo acreditan que la persona extranjera puede residir y trabajar en España en igualdad de condiciones a las personas españolas, excepto en algunos casos de restricciones respecto al ámbito territorial y la actividad laboral a desarrollar durante el primer año de vigencia de la autorización.
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