La gestión colectiva de contrataciones en origen es un procedimiento que permite la contratación ordenada de personas trabajadoras extranjeras de régimen no comunitario, que no se encuentren ni residan en el territorio español. El objetivo de la contratación es desarrollar ocupaciones con carácter estable. Las personas trabajadoras se seleccionan en sus países de origen a partir de ofertas genéricas -y, en algunos casos, nominativas- presentadas por las empresas, siguiendo un procedimiento específico.
El Gobierno del Estado, con la participación de los Servicios Públicos estatal y autonómicos y de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, aprueba con carácter anual una relación de puestos de trabajo estables a cubrir por el procedimiento de gestión colectiva de contrataciones en origen.
Vista la actual situación del mercado laboral, en Cataluña, no hay previsión de puestos de trabajo estables para ser cubiertos mediante la contratación de personas extranjeras, según los procedimientos descritos.
Si una empresa necesitara contratar mediante el procedimiento de gestión colectiva de contrataciones en origen, hará falta que se dirija a una Oficina de Trabajo, a fin de que se gestione primero la oferta al mercado laboral interior.
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