Las entidades que quieran colaborar con el Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC) en materia de formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas han de estar registradas previamente en el Registro de Centros y Entidades de Formación en alguna de las especialidades formativas presentes en el Fichero de Especialidades Formativas del SOC.
Los requisitos mínimos para inscribirse en el Registro de Centros y Entidades de Formación del SOC –en una especialidad formativa– se especifican en el artículo IV de la Orden TRE/338/2008, de 4 de julio, y en los programas formativos de referencia de cada una de las especialidades, o si se trata de un certificado de profesionalidad, en el Real Decreto que lo regula.
Se pueden consultar los diferentes programas formativos en este apartado.
Además, en este Manual de instrucciones, se encuentra especificado el procedimiento de alta, modificación y baja en el Registro de Centros y Entidades de Formación del SOC.
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